Preguntas frecuentes
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Esta orden está vigente en todo el condado de Marin. Además, hay órdenes similares vigentes en toda el Área de la Bahía, incluidos los condados de Santa Clara, San Francisco, San Mateo, Contra Costa y Alameda, y la ciudad de Berkeley. A partir del jueves 19 de marzo de 2020, entró en vigencia una Orden similar para todo el estado de California.
La Orden de Salud Públicae numera los siguientes negocios esenciales:
- Operaciones de atención médica e infraestructura esencial;
- Tiendas de abarrotes, mercados de granjeros certificados, puestos de productos agrícolas, supermercados, bancos de alimentos, tiendas de conveniencia y otros establecimientos dedicados a la venta minorista de alimentos enlatados, productos secos, frutas y verduras frescas, suministros para mascotas, carnes frescas, pescado y aves de corral y cualquier otro producto de consumo doméstico (como productos de limpieza y cuidado personal). Esto incluye tiendas que venden comestibles y también venden otros productos que no son comestibles, y productos necesarios para mantener la seguridad, el saneamiento y el funcionamiento esencial de las residencias;
- Cultivo de alimentos, incluida la agricultura, la ganadería y la pesca;
- Negocios que proporcionan alimentos, vivienda y servicios sociales, y otras necesidades de la vida para personas económicamente desfavorecidas o necesitadas;
- Periódicos, televisión, radio y otros servicios de medios;
- Gasolineras y tiendas de partes de auto, reparación de autos e instalaciones relacionadas;
- Bancos e instituciones financieras relacionadas;
- Ferreterías;
- Plomeros, electricistas, exterminadores y otros proveedores de servicios que brindan servicios necesarios para mantener la seguridad, el saneamiento y la operación esencial de residencias. Actividades Esenciales y Negocios Esenciales;
- Empresas que prestan servicios de correo y envío, incluidos apartados postales;
- Instituciones educativas, incluidas escuelas públicas y privadas K-12, colegios y universidades, con el fin de facilitar el aprendizaje a distancia o realizar funciones esenciales, siempre que se mantenga el distanciamiento social de seis pies por persona en la mayor medida posible;
- Lavanderías, tintorerías y proveedores de servicios de lavandería;
- Restaurantes y otras instalaciones que preparan y sirven comida, pero solo para entrega o para llevar. Las escuelas y otras entidades que típicamente brindan servicios de comida gratis a los estudiantes o miembros del público pueden continuar haciéndolo bajo esta Orden con la condición de que la comida se proporcione a los estudiantes o miembros del público en forma de recogida y para llevar solamente. Las escuelas y otras entidades que brindan servicios de alimentos bajo esta exención no permitirán que los alimentos se coman en el sitio donde se proporcionan, o en cualquier otro sitio de reunión;
- Negocios que suministran productos necesarios para que las personas trabajen desde casa;
- Negocios que proveen a otros negocios esenciales con el apoyo o suministros necesarios para operar;
- Negocios que envían o entregan comestibles, alimentos, bienes o servicios directamente a las residencias;
- Aerolíneas, taxis y otros proveedores de transporte privado que brindan servicios de transporte necesarios para Actividades Esenciales y otros fines expresamente autorizados en esta Orden;
- Atención domiciliaria para personas mayores, adultos o niños;
- Instalaciones residenciales y refugios para personas mayores, adultos y niños;
- Servicios profesionales, tales como servicios legales o contables, cuando sea necesario para ayudar en el cumplimiento de las actividades legalmente obligatorias;
- Instalaciones de cuidado infantil que brindan servicios que permiten a los empleados exentos en esta Orden trabajar según lo permitido. En la medida de lo posible, las instalaciones de cuidado infantil deben operar bajo las siguientes condiciones obligatorias:
- Los niños no deben cambiar de un grupo a otro.
- Si se atiende a más de un grupo de niños en una instalación, cada grupo estará en una habitación separada. Los grupos no se mezclarán entre sí.
- Los proveedores de cuidado infantil permanecerán únicamente con un grupo de niños.
Esta es una orden legalmente exigible emitida bajo la ley de California. Es un delito violar esta Orden, y puede ser castigado con una multa o prisión por hacerlo.
El Novel Coronavirus es un nuevo virus respiratorio identificado por primera vez en Wuhan, provincia de Hubei, China, en diciembre de 2019. Ahora se ha extendido a muchos otros países, incluyendo los Estados Unidos. Técnicamente, el virus se denomina SARS-CoV-2 y la enfermedad que causa se llama COVID-19 (enfermedad coronavirus 2019) .
Ver información sobre 2019 novel coronavirus en los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC).
Yes. Marin County Public Health is actively investigating both confirmed COVID-19 cases and related cases of interest. The latest investigation and test data can be found on the surveillance section of this website: https://coronavirus.marinhhs.org/surveillance
For someone to be eligible to be tested, they must be referred by a physician. This is so the physician can assess symptoms and evaluate other possible conditions (e.g., flu, pneumonia). Many physicians are now performing these assessments over the telephone. Once a doctor determines the individual should be tested, the testing will be coordinated with Marin Public Health.
More laboratories in both the public and private sector are gaining the ability to perform COVID-19 testing. While this increases testing capacity, it presents challenges to make sure results are known to Public Health authorities to track incidence of disease and perform investigations of cases. A recent Order mandating private laboratories report all COVID-19 testing data to Marin County Public Health was issued on March 24, which will allow more accurate tracking of the prevalence of COVID-19 in our community.